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22.03.2012
FACUA alerta de que Vodafone impone “compromisos ilegales” a comunidades de propietarios para la instalación de sus antenas

Una sentencia firme de la Audiencia Provincial de Sevilla afirma que en caso de conflicto siempre debe prevalecer la mayor “reciprocidad de intereses”

Sevilla.- La organización FACUA–Consumidores en Acción ha alertado de que Vodafone impone “compromisos de permanencia ilegales” de 20 años a comunidades de propietarios en los contratos de alquiler para la instalación de sus antenas en las azoteas de los edificios.

Según un comunicado difundido por FACUA, “mediante cláusulas abusivas, la compañía pretende eternizar la presencia de sus equipos en las azoteas de los edificios con el argumento de que sólo ella puede decidir si sigue o no en ellos”. Por ello, la asociación recomienda a las comunidades afectadas por estas prácticas que tengan interés en cancelar los contratos que “insten a la compañía a ello y, si hay negativa, la denuncien”.

En este sentido, FACUA recuerda que la Audiencia de Sevilla ha reconocido a una comunidad de propietarios de la capital hispalense su derecho a retirar una antena pese a que la multinacional británica argumentó que las prórrogas en el contrato de alquiler sólo dependían de la decisión unilateral de Vodafone, una vez que firmaran la primera renovación de cinco años.

En una sentencia firme, la Sección Octava de la Audiencia ha dado la razón a la comunidad, imponiendo al operador las costas de la apelación.

La comunidad de propietarios de un edificio ubicado en la calle Perafán de Ribera de Sevilla firmaron en 1995 un contrato de alquiler de su azotea, renovable cada cinco años, para instalar una antena de Airtel (ahora Vodafone). En 2009, notificaron por burofax su decisión de rescindirlo, pero la compañía les negó este derecho argumentando que “las prórrogas siguientes hasta un máximo de quince años son obligatorias para la comunidad y potestativas para la demandada”.

La sentencia dictada en primera instancia y ahora ratificada por la Audiencia Provincial de Sevilla, reconoce que “las dudas interpretativas, según el Código Civil, deben resolverse a favor de la mayor reciprocidad de intereses, es decir, reconociendo a ambas partes el derecho a renunciar a la prórroga y denunciar el contrato”.

Fuente: Crónica de Aragón

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